Los niños y niñas andaluces nacidos entre 1994 y 1998 pueden beneficiarse a partir de este año de la atención bucodental gratuita que ofrece la Junta a través de los dentistas de cabecera. En total son 394.273 los menores residentes en Andalucía que tienen desde el 1 de enero acceso a la asistencia dental básica y urgente contemplada en este servicio, que también incluye consejos sobre higiene y alimentación para evitar la aparición de caries.
La Junta de Andalucía inició en 2002 esta nueva prestación para toda la población infantil nacida en 1995 y 1996, pero con el objetivo de ampliar progresivamente la cobertura hasta cubrir a todos los menores con edades comprendidas entre los seis y los quince años. Para ello, se decidió incluir cada año como mínimo a los que cumplieran seis años, como ha sucedido en esta ocasión.
Entre los meses de enero y octubre de 2003, un total de 89.066 niños andaluces de entre seis y nueve años se han beneficiado de esta prestación de la Junta. De ellos, 5.303 residen en Almería; 15.958 en Cádiz; 11.618 en Córdoba; 8.451 en Granada; 5.664 en Huelva; 11.314 en Jaén; 13.086 en Málaga, y 17.672 en Sevilla.
El profesional responsable de la salud bucodental de los niños es el dentista de cabecera, que el padre o tutor puede elegir anualmente entre los profesionales del Sistema Sanitario Público o del ámbito privado contratados por la Consejería de Salud.
Actualmente, existe un directorio con más de 650 profesionales, que los niños han recibido en sus domicilios y que puede ser consultado en los centros de salud, en las delegaciones provinciales de Salud y en las páginas web de la Consejería y del SAS. También es posible solicitar información en el Centro de Información y Servicios al Ciudadano Salud Responde, en el teléfono 902 505 060.
El 39,7% de los niños beneficiados por este programa durante el pasado año recibió la atención de un dentista del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Por lo que respecta al número de menores atendidos por profesional, la media se situó en los diez primeros meses de 2003 en 226 niños por cada dentista público y 97 por cada dentista privado.
Con objeto de facilitar el acceso de la población beneficiaria a esta prestación, la Consejería de Salud remitió el pasado mes de diciembre a los padres o tutores de los niños una carta con el Talón de Asistencia Dental Anual (TADA) –el documento que permite la elección del dentista y vincula al niño con el dentista de cabecera elegido durante el año en curso- junto a una relación de los dentistas públicos y privados de su provincia.
En los casos de niños que aún no estén registrados en la Base de Datos de Usuarios del Sistema Sanitario Público, se han enviado cartas a sus padres en las que se les informa de la posibilidad de ejercer este derecho solicitando la Tarjeta Sanitaria y el TADA para sus hijos en su centro de salud.
Cultura de higiene bucal
Cada paciente puede acudir a la consulta del dentista elegido cuantas veces lo necesite y para ello sólo es preciso presentar el Talón de Asistencia Dental Anual (TADA) en la primera visita. El fin de esta prestación es que durante los diez años que dura el citado programa, el niño adquiera una cultura de higiene bucal, adopte hábitos preventivos adecuados y recibe una asistencia sanitaria adecuada.
La asistencia dental básica consiste en una revisión anual completa del estado de los dientes y la boca del menor que, también recibe información sobre normas de higiene para el mantenimiento de su salud oral y el uso correcto de flúor, además de consejos de alimentación para evitar la aparición de caries.
La asistencia básica incluye igualmente el sellado preventivo de las fisuras y fosas que se detecten, el tratamiento de todas las caries de los dientes definitivos, la extracción de las piezas cuando no sea posible su conservación, las limpiezas dentales y la atención urgente en los casos en que sea necesario. También se contemplan los casos de maloclusión severa en pacientes intervenidos de fisura palatina, labio leporino y malformaciones esqueléticas.
Asimismo, los menores que presentan trastornos en los dientes incisivos y caninos por malformación y/o traumatismo tienen derecho a tratamientos especiales, que requieren la conformidad expresa e individualizada de su correspondiente Delegación Provincial de Salud, previa presentación de un informe clínico del dentista de cabecera en la que se justifique la necesidad de la terapia.
De esta prestación quedan excluidos los tratamientos especiales producidos por traumatismo cuando exista un tercero obligado a responder por dicha terapia, los tratamientos reparadores en dentición temporal y la prestación de ortodoncia, salvo para aquellos niños con determinadas malformaciones esqueléticas.
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