¿Debo tomar alguna precaución si compro un juguete por Internet?
Antes de iniciar el proceso de contratación, el vendedor deberá facilitar la siguiente información: su identidad y dirección, las características del producto, los precios, incluidos impuestos, los gastos de entrega y transporte, el plazo de validez de la oferta, las circunstancias y condiciones en que podría suministrar un producto de precio y calidad equivalente en sustitución del solicitado por el consumidor. El vendedor debe informar acerca del derecho que tiene el comprador a desistir de la compra en un plazo de 7 días desde la recepción del bien o desde el momento en que se preste esta información, si fuese posterior, sin necesidad de indicar motivo alguno. Esto se puede realizar a través del envío del documento de revocación de forma fehaciente (correo certificado o burofax). Esto no puede suponer gasto alguno para el comprador, si bien sí podrá exigirse que éste corra con los gastos del coste de devolución del producto.
¿Cómo puedo asegurar que el juguete que compro sea seguro?
En la etiqueta debe recogerse los riesgos que el uso del mismo puede comportar y cómo evitarlos.
¿Qué periodo de garantía tiene un juguete?
Hay que distinguir entre garantía legal y garantía comercial. En cuanto a la primera, se regula en la ley 23/2003, de 10 de julio, de garantías en la venta de bienes de consumo, por un periodo de 2 años. En cuanto a la comercial, es la ofrecida por el fabricante, y debe constar por escrito y determinar los requisitos que se van a exigir para hacerla efectiva, así como la duración de la misma, el nombre y la dirección del garante. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de 2 años desde la entrega. Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los 6 meses posteriores a la entrega ya existían cuando el artículo se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.
Compré un juguete anunciado por televisión y cuando lo abrí no hacía nada de lo que decía en el anuncio. ¿Puedo reclamar?
Se puede calificar este tipo de publicidad como engañosa puesto que induce a error al destinatario afectando a su comportamiento económico y provocándole un perjuicio. Dicha actuación constituye una infracción en materia de consumo, por lo que es conveniente presentar una denuncia ante las autoridades competentes en materia de consumo, exigiendo la rectificación de la publicidad.
Si compro un juguete en rebajas, ¿lo puedo devolver?
Al igual que la compra de cualquier otro producto en época de rebajas, el establecimiento debe aceptar la devolución siempre que así lo haga normalmente en otra época del año. Si no es así debe de indicarlo expresamente en lugar visible. Antes de efectuar la compra debes informarte de si se admiten devoluciones a través de dinero, vales o entrega de otro producto. En principio, el establecimiento no tiene obligación de aceptar devoluciones, excepto cuando el artículo esté defectuoso.
He comprado un juguete y no funciona. ¿Tengo derecho a devolverlo?
Con carácter general, cuando el juguete presenta desperfectos o deficiencias podrás exigirle al vendedor que repare el juguete o que lo sustituya por otro sin coste alguno, salvo que ello resulte imposible o desproporcionado. En el caso de que no pueda sustituirse o repararse, tendrás derecho a una reducción adecuada del precio o a la resolución del contrato. Tanto la Ley 23/2003, de 10 de julio, de garantías en la venta de bienes de consumo, como la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios son de plena aplicación en la compraventa de juguetes.
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